Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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La Gaceta N° 91 — 15 de mayo de 1990.

 

N° 19600

 

ARTÍCULO 1°.-Declárese el 23 de abril de cada año, Día del Idioma Nacional y del Libro.

ARTÍCULO 2°.-Los centros educativos de I, II y III Ciclo de la Educación General Básica y los de Educación Diversificada, así como las entidades interesadas en la formación y cultura idiomática, realizarán actividades alusivas a la lengua, al libro y a las grandes obras de la literatura en idioma español.

ARTÍCULO 3°.-El presente Decreto rige a partir de su publicación.