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La Gaceta N° 244 — del
24 de diciembre de 1986
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N° 17357
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Declara Día de la
Abolición del Ejército el 1º de Diciembre
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Considerando:
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1.- Que la idiosincrasia costarricense está
estrechamente ligada a la vocación nacional de desarme, neutralidad y paz,
dentro de los principios de libertad, democracia que constituyen un
sentimiento ancestral y una herencia que deben mantenerse.
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2.- Que, desde su incruenta independencia
en 1821, Costa Rica adoptó el régimen de derecho como norma de conducta,
habiendo evolucionado hacia una sociedad en la que la institución militar
perdió sentido progresivamente ante la fuerza de la razón.
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3.- Que el 1º de diciembre de 1948 la
Junta de Gobierno presidida por don José Figueres Ferrer resolvió eliminar el
ejército y convirtió, en gesto de valor simbólico, el antiguo Cuartel Militar
Bellavista en sede del Museo Nacional.
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4.- Que la Asamblea Nacional Constituyente
de 1949 consagró la decisión de la Junta en el artículo 12 de la nueva
Constitución Política, el cual reza así:
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"Se proscribe el Ejército como institución
permanente. Para la vigilancia y
conservación del orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias. Sólo por convenio continental o para la
defensa nacional podrán organizarse fuerzas militares; unas y otras estarán
siempre subordinadas al poder civil: no podrán deliberar, ni hacer
manifestaciones o declaraciones en forma individual o colectiva".
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5.- Que la abolición del ejército ha hecho
posible que se destinen más recursos públicos al desarrollo del país,
especialmente en materia de educación, salud y cultura; ha legitimado la vía
electoral como único camino de acceso al poder, y ha impedido la formación de
un grupo militar capaz de cobrar autonomía e intervenir directamente en el
destino de la nación.
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6.- Que Costa Rica, al desarmarse
unilateralmente, ha depositado su confianza en las instituciones
internacionales y en los mecanismos de defensa de que ellas disponen, siendo
los gastos de defensa de Costa Rica mínimos en relación con los ingresos del
Estado.
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7.- Que la Proclama de Neutralidad,
emitida en 17 de noviembre de 1983, es la culminación de un proceso de
desarme unilateral y voluntario y recoge los valores nacionales de paz,
libertad y no intervención en los asuntos internos de otros países, y que
dicha proclama ha recibido respaldo de numerosas naciones.
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8.- Que, al aproximarse Costa Rica a su
primer centenario de vida democrática, conviene resaltar el carácter civilista
de su pueblo y de sus gobiernos, lo cual ha instaurado una conciencia de paz
y la ausencia de una cultura castrense.
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9.- Que la abrumadora mayoría de la
población costarricense se siente orgullosa de que el país no posea un ejército
como institución permanente.
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10.- Que en el Año Internacional de la
Paz, que se celebra actualmente gracias a los esfuerzos de Costa Rica en las
Naciones Unidas, conviene reiterar la vocación nacional de paz, materializada
en la supresión del ejército, y recordar los beneficiosos efectos que ha
tenido para el desarrollo material y espiritual del país, así como para la
convivencia con las demás naciones.
Por tanto,
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En uso de las facultades que les confieren
los artículos 12 y 140, incisos 3), 4) y 18) de la Constitución Política, y
2º de la Ley General de Administración Pública,
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DECRETAN:
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Artículo 1º.- Declárase el 1º de diciembre
de cada año como "Día de la Abolición del Ejército".
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Artículo 2º.- Se insta a todos los
costarricenses y a los extranjeros radicados en el país, así como a las
instituciones públicas y a las privadas, a reflexionar sobre este hecho
fundamental en la historia patria y a celebrarlo con la dignidad y el decoro
que merece la fecha.
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Artículo 3º.- Rige a partir de su
publicación.
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