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La Gaceta N° 135— Viernes 2 de julio de 1971.

 

N° 1803-C.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES.

 

Considerando:

 

1°—Que siendo el indígena costarricense merecedor de los honores que contribuyan a enaltecerlo, es deber del Estado dar a conocer sus valores culturales y sociales dentro y fuera del territorio nacional.

2°—Que el Acta Final del Primer Congreso Indigenista Interamericano, celebrado en la ciudad de Pátzcuaro, México, en 1949, recomendó a los países de este hemisferio el establecimiento y celebración del "Día del Indio", a efecto de estudiar con criterio realista el problema del Indio Americano, darle oportunidad de concentrar el espíritu de su raza y despertar su sentimiento patriótico.

3°—Que la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas se ha dirigido al Poder Ejecutivo, solicitando que el 19 de abril de cada año, sea celebrado el "Día del Aborigen", como se hace en la mayoría de los países de América.

Por tanto,

 

DECRETAN

 

Artículo 1°—Declárase el 19 de abril de cada año "Día del Aborigen".

Artículo 2°—El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes se encargará de lo concerniente al cumplimiento del presente decreto y elaborará cada año programas especiales de homenaje al costarricense autóctono, en cooperación con la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas.

 

Dado en la casa presidencia. —San José, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos setenta y uno.

 

JOSÉ FIGUERES

El Ministro de Cultura,

 

Juventud y Deportes.

 

ALBERTO F. CAÑAS