Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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Decreto N° CLXVII del 29 de setiembre de 1848 que determina las características del Pabellón Nacional.

 

Artículo 1°.  El Pabellón Nacional de la República será tricolor, con cinco franjas colocadas horizontalmente, en esta forma: una franja roja ocupará el centro, que será comprendida entre dos blancas, a cada una de las cuales seguirá una azul.  El ancho de cada una será la sexta parte del que se dé a toda la bandera y dos sextas al que corresponde a la franja roja, en cuyo centro deberá estar bordado sobre fondo blanco el escudo de armas de la República.