Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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La Gaceta Nº 214 — Miércoles 8 de noviembre del 2000.

 

Nº 29042-C

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

 

Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y la Ley Nº 7555 del 4 de octubre de 1995, publicada en "La Gaceta" Nº 199 del 20 de octubre del mismo año, Ley de Patrimonio Histórico - Arquitectónico de Costa Rica y,

 

Considerando:

 

1º— Que el inmueble conocido como El Castillo del Moro, construido en la primera mitad del siglo XX, constituye el ejemplo más representativo de la arquitectura de influencia mudéjar en el país.

2º— Que su volumetría y características arquitectónicas particulares, lo convierte en un edificio sobresaliente en su entorno, y un hito urbano del Barrio Amón.

3º— Que es deber del Estado salvaguardar el patrimonio cultural del país.  Por tanto,

 

Decretan:

 

Artículo 1º— Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como El Castillo del Moro, inscrito en el Registro Nacional, Sección Propiedad, partido de San José, matrícula de folio real Nº 86201-001, ubicado en el distrito Carmen del Cantón Central de la provincia de San José, propiedad de Jorge Ignacio Guier Acosta, cédula de identidad 1-765-777.

Artículo 2º— Esta declaratoria prohíbe la demolición del inmueble, e igualmente su remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.

Artículo 3º— Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República. —San José a los trece días del mes de octubre del dos mil.

 

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA. —El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Enrique Granados Moreno. —1 vez. — (Solicitud Nº 29216). —C-4580. — (73713).