Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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La Gaceta Nº 54 — Jueves 16 de marzo del 2000.

 

Nº 28507-C

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

 

Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública y la ley Nº 7555, del 4 de Octubre de 1995, publicada en "La Gaceta" Nº 199 del 20 de octubre del mismo año y,

 

Considerando:

 

1º— Que la edificación conocida como Black Star Line se construyó en 1922, como sede del Movimiento Universal para el Mejoramiento del Negro (UNIA) en Puerto Limón, y dada su relevancia fue reconstruido en la década de 1990.

2º— Que el inmueble es el referente histórico y cultural de mayor significado para la población afrolimonense.

3º— Que es deber del Estado salvaguardar el patrimonio cultural del país.  Por tanto,

 

Decretan:

 

Artículo 1º— Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como Black Star Line, inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad, bajo el Folio Real, matrícula número 041324-000, a nombre de la Universal Negro Improvement Association, ubicado en la calle 5ª, avenida 5ª del cantón Central de la provincia de Limón.

Artículo 2º— Esta declaratoria prohíbe la demolición del inmueble e igualmente su remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.

 Artículo 3º— Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República. —San José, a los siete días del mes de febrero del año dos mil.

 

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ECHEVERRÍA. —El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Enrique Granados Moreno. —1 vez. — (Solicitud Nº 28558). —C-4560. — (16065).