Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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La Gaceta Nº 156 — Jueves 14 de agosto de 1997.

 

Nº 7681

 

 

SE DECLARA MONUMENTO NACIONAL

LA RESIDENCIA DEL DOCTOR

JESÚS JIMÉNEZ ZAMORA

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

 

DECRETA:

 

Artículo 1º— Declaratoria

Declárese monumento nacional la antigua casa de habitación del Presidente de la República, doctor Jesús Jiménez Zamora, ubicada en avenida 3ª, entre calles 4 y 6 de la ciudad de Cartago.

 

Artículo 2º— Destino

En esta casa, propiedad de la Universidad Estatal a Distancia, se instalara un museo histórico, destinado a evocar los hechos relevantes de la vida pública del ilustre Presidente Jiménez, así como los acontecimientos patrios forjadores de la historia política y cultural de la Nación.

 

Autorízase al Poder Ejecutivo para convenir con esa Universidad en el destino del inmueble, con el propósito de que pueda ser utilizado, exclusivamente, como museo histórico, de acuerdo con el artículo 1.

 

Artículo 3º— Restauración del inmueble

El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes se responsabilizará de restaurar el inmueble mencionado y de acondicionarlo para los fines propuestos en esta ley.  Asimismo, deberá fijar el precio que se pagará por las piezas que se adquieran para ese museo.

 

Artículo 4º— Administración del museo

El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes convendrá con la Universidad Estatal a Distancia, la forma de administrar el museo.  Para tal efecto, ambas instituciones emitirán un reglamento.

 

Rige a partir de su publicación.

 

COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA PRIMERA. —Aprobado el anterior proyecto el día dos de julio de mil novecientos noventa y siete.

 

Edelberto Castilblanco Vargas, Presidente. —Óscar Ureña Ureña, Secretario.

 

ASAMBLEA LEGISLATIVA. —San José, a los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.

 

Comunicase al Poder Ejecutivo

 

Saúl Weisleder Weisleder, Presidente. —Mario Álvarez González, Primer Secretario. —José Luis Velásquez Acuña. Segundo Secretario.

 

Dado en la Presidencia de La República. —San José, a los diecisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.

 

Ejecútese y publíquese

 

JOSÉ MARÍA FIGUERES OLSEN. —El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Dr. Amoldo Mora R. —1 vez. —C-3300. — (45777).