Consultas Inmuebles declarados patrimonio

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La Gaceta Nº 110 — Martes 11 de junio de 1996.

 

Nº 25177-C

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

 

Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y

 

Considerando:

 

1º— Que la Iglesia de Nuestra  Señora de las Mercedes, ubicada en la ciudad de San José, fue construida en la década de 1880.

2º— Que fue diseñada y construida con armadura de acero y paredes de ladrillo por el Ing. Lesmes Jiménez Bonnefiel en colaboración del Arq. Jaime Carranza Aguilar.

3º— Que su diseño tiene gran influencia del estilo neogótico característica sobresaliente en sus torres de aguja y en la forma ojival de vanos de sus puertas y ventanas.

4º— Que este inmueble es muy representativo en el contexto urbano de la ciudad de San José.

5º— Que la declaratoria de este inmueble como Patrimonio Histórico- Arquitectónico de la nación, cuenta con la opinión favorable de la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico.

6º— Que es deber del Estado salvaguardar el patrimonio cultural del país.  Por tanto,

 

Decretan:

 

Artículo 1º— Incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico del país, el inmueble ubicado entre avenidas 2ª y 4ª, calles 12 y 10 en la ciudad de San José, conocido como Iglesia Nuestra Señora de las Mercedes, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, con el tomo 222253, folio 531, finca Nº 33374.

Artículo 2º— Declarar como Monumento Histórico-Arquitectónico del país la Iglesia Nuestra  Señora de las Mercedes, ubicada en la provincia de San José.

Artículo 3º— Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República. —San José a los siete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.

 

JOSÉ MARÍA FIGUERES OLSEN. —El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, Arnoldo Mora Rodríguez. —1 vez. —C-2400. —(29490).